La marca registrada es el derecho otorgado a una persona para proteger
su nombre comercial para distinguir sus productos y servicios de los demás. Es
un derecho mediante el cual una persona puede evitar que otros se aprovechen de
su reputación comercial y engañen a los consumidores. Pero este derecho no es
un derecho predeterminado y debe adquirirse mediante el registro de la propia
marca. En los Emiratos Árabes Unidos, los derechos de marca se pueden disfrutar
registrando la marca en el Ministerio de Economía y Comercio.
Necesitas ayuda sobre registro
de marcas en Barcelona o Registro de patentes en
Barcelona? te recomendamos que visites Barroso-Garo & Asociados
==>> "Nuestro objetivo, tú éxito"
Te ofrecen un servicio integral de asesoramiento
GARANTIZADO y GRATUITO en registro de marcas y patentes en Barcelona y amazon
marcas.
De acuerdo con la ley federal no. 37 de 1992 (en lo sucesivo, "la
ley") una marca puede ser registrada por 4 categorías de personas,
incluidos nacionales y no nacionales. Las dos primeras categorías involucran a
los nacionales y no nacionales del Estado, tanto naturales como jurídicos, que
desarrollan cualquier actividad comercial, industrial, artesanal o de
servicios. La única condición adicional para un no nacional es que sus
actividades se realicen en el Estado. La tercera categoría de personas también
involucra a los no nacionales, naturales y jurídicos, pero los no nacionales de
esta categoría desarrollan sus actividades comerciales y comerciales en otro
país que trata con el Estado bajo el concepto de reciprocidad. La última
categoría involucra a las personas jurídicas públicas.
Las marcas comerciales de varios productos o servicios pueden
registrarse juntas a través de una sola solicitud si los productos o servicios
pertenecen todos a la misma clase. El Anexo 1 de la ley de implementación
proporciona una clasificación de los productos y servicios en varias clases.
Cuando las mercancías de las que se trata pertenecen a más de una clase, en ese
caso la persona debe prever una solicitud separada para las mercancías que
pertenecen a clases separadas.
La solicitud debe realizarse ante el Ministerio de Economía y Comercio
de acuerdo con el procedimiento establecido por la ley de desarrollo. La ley no
especifica los detalles que deben agregarse con la solicitud, pero parte de la
información necesaria para ser incluida en la solicitud sería la siguiente:
1. Nombre y lugar de residencia de los solicitantes de la marca.
2. Tipo de actividad comercial realizada.
3. Descripción de los bienes, productos o servicios.
4. Detalles de la marca incluyendo una muestra de la misma.
5. Aparte de estos, la autoridad competente del Ministerio tiene el
derecho de solicitar cualquier otro documento que considere necesario para el
registro de dicha marca.
Una vez realizada la solicitud, se le entrega al solicitante un recibo
que acredite la recepción de la solicitud. Dicho recibo constará de los
siguientes datos:
I. Número de serie de la aplicación.
II. Nombre y lugar de residencia del solicitante.
III. Fecha y hora de depósito de la solicitud.
IV. Clase de productos, bienes o servicios relacionados con la
aplicación.
V. Declaración de documentos anexos a la demanda.
Después de aceptar la solicitud, el departamento de Control de Comercio
(en lo sucesivo, "el departamento") la revisará y se asegurará de que
no esté incluida en ninguna de las marcas no registrables o que no infrinja
ninguna de las marcas comerciales existentes. Luego de la revisión el departamento
podrá solicitar cualquier otra información adicional o aclaraciones que sean
necesarias, también podrá requerir al solicitante que realice alguna enmienda
en dicha marca.
En caso de que la solicitud de registro sea rechazada por el
departamento, el departamento deberá notificar la misma al solicitante con los
motivos del rechazo por escrito e informar al solicitante sobre su derecho a
presentar una queja sobre la misma ante el Comité de Marcas (en adelante
denominado 'el comité').
Al presentar la queja del solicitante ante el comité, se notifica al
solicitante una fecha para la audiencia de la queja del solicitante. Esta fecha
debe notificarse al solicitante al menos antes de un período de 10 días a
partir de la fecha de audiencia de la petición. Si el solicitante no está
satisfecho con la decisión del comité después de dicha audiencia, el
solicitante tiene derecho a presentar una apelación ante el tribunal civil
competente dentro de un período de 60 días a partir de la fecha de la decisión
del comité.
Antes de aceptar la solicitud, el departamento debe publicar la
información relevante que se enlista a continuación en el boletín oficial y en
dos diarios emitidos en el estado. Esto se hace a cargo del solicitante y se
hace con el propósito de invitar a objeciones de terceros con respecto al
registro de dicha marca. La información a incluir en la notificación es la
siguiente:
I. Nombre, nacionalidad, profesión y domicilio del solicitante de
registro.
II. Una copia fiel de la marca.
III. Número de serie de la solicitud de registro.
IV. Bienes, productos o servicios para los que se ha solicitado el
registro de la marca, junto con la especificación de la clase a la que
pertenecen.
V. La ubicación de la tienda comercial o el proyecto de explotación que
utiliza o pretende utilizar la Marca para distinguir sus bienes, productos o
servicios.
La publicación se realiza para notificar al público sobre dicho registro
para que puedan oponerse a él si el registro es de alguna manera lesivo a sus
derechos. Las objeciones deben presentarse al departamento por escrito dentro
de un período de treinta días a partir de la fecha de publicación en los
periódicos. Al recibir la notificación, el departamento debe notificar al
solicitante sobre la misma en un plazo de 15 días a partir de la fecha de
recepción de la objeción. A lo que el solicitante deberá presentar una
respuesta por escrito en el departamento en el plazo de 30 días a partir de la
fecha de recepción de dicha notificación. En caso de que el solicitante no
responda dentro de este plazo, se considera que renuncia a su derecho sobre
dicha marca. Posteriormente, el departamento escucha a ambas partes y da su
decisión. El agraviado de la decisión podrá presentar su queja ante el Comité
de Marcas en el plazo de quince días. Cualquier agravio de la decisión del
comité de Marcas Registradas puede ser apelado ante el tribunal civil
competente dentro de un período de treinta días a partir de la fecha de la
decisión del comité.